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El IVA del pan sin gluten baja al 4% una gran noticia para el sector y los consumidores

05 marzo 2025

A partir de ahora, quienes compren pan sin gluten o panes considerados de la categoria especial deberían notar una bajada de precio. Esto se debe a que el Ministerio de Hacienda ha reducido el IVA del 10% al 4% equiparándolo al del pan común, tras una sentencia del tribunal supremo.

Lo interesante de la medida es que por primera vez se adoptan directrices claras en materia de impuestos para los «panes de categoria especial» como los panes multicereales, pan de molde, de hamburguesa o perritos, tostados y rallados.

¿Por qué se ha producido este cambio?

El tribunal Supremo dictaminó en octubre de 2024 que aplicar un IVA más alto al pan sin gluten y otros panes especiales era contrario a la normativa de la Unión Europea. La sentencia argumentaba que este trato desigual vulneraba el principio de neutralidad del IVA, afectando a la libre competencia.

Como resultado el Ministerio de Hacienda ha oficializado la reducción del impuesto a través de una resolución publicada en el BOE, asegurando así la seguridad jurídica a fabricantes y vendedores.

Por nuestra parte, en enero del 2025 adoptamos la norma sujeta a subjetividad (antes de la sentencia) y aplicamos el IVA superreducido a los panes de nuestro catalogo considerados básicos: baguetina, panecillo y redondo rústico. Tras la sentencia firme, hemos podido rebajar el IVA del 10% al 4% al resto de productos de la categoria panes: nuestas variedades 4 semillas, el pan de hamburguesa y el pan de molde.

Un avance en la accesibilidad alimentaria

La bajada del IVA al 4% es una gran noticia, tanto para los consumidores como para las empresas del sector. Supone un avance en la equiparación del pan sin gluten con el resto de opciones, y sobre todo, un alivio económico (que aun así es insuficiente) para quienes dependen de estos productos en su día a día.